Comentarios al pasar relativos a la ley 27.348 (ley "plastilina")
En: Revista de derecho laboral 2017 número extraordinario : reforma a la ley de Riegos del Trabajo : número extraordinario. -- Vol. Nro. extraordinario. --
Contenido: I. La "industria" -- II. Las estrategias "antijuicio" -- III. Las causas de la litigiosidad sistémica (año 2016) -- IV. La ley 27.348: A. Las Comisiones Médicas como instancia obligatoria: 1. Inaplicabilidad en los territorios provinciales; 2. No era el nombre, sí su función; 3. No es una instancia conciliatoria; 4. Exclusión de hecho del SECLO; 5. Son secretarios técnicos, no jueces; 6. La necesidad de las Comisiones Médicas; 7. ¿Sobre qué se expedirá la Comisión Médica?; 8. Es previsible un trámite lento; 9. El trámite obligatorio es fácil de eludir; 10. El rol del Poder Judicial: B. Peritos médicos judiciales; C. Incorporación de un concepto nuevo, el de "contingencia"; D. Prohibición de la celebración de pacto de cuota Litis; E. Autoseguro provincial y municipal; F. Extensión de la ILT; G. Modificación del ingreso base; H. Tasa de interés aplicable; I. Baja de asegurados morosos; J. Financiación de la SRT; K. Apelación de las resoluciones de las Comisiones Médicas:1. Apelación ante la CM Central; 2. Apelación de lo resuelto en las CM locales; 3. Apelación de lo resuelto en la CM Central; L. Todos los recursos tendrán efecto suspensivo. El escándalo: 1. Establece la cosa juzgada administrativa; V. Conclusiones
ISBN: 978-987-30-0782-8
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Ojeda, Raúl Horacio
Comentarios al pasar relativos a la ley 27.348 (ley "plastilina")
En: Revista de derecho laboral 2017 número extraordinario : reforma a la ley de Riegos del Trabajo : número extraordinario. -- Vol. Nro. extraordinario. -- Buenos Aires : Rubinzal-Culzoni, 2017
Contenido: I. La "industria" -- II. Las estrategias "antijuicio" -- III. Las causas de la litigiosidad sistémica (año 2016) -- IV. La ley 27.348: A. Las Comisiones Médicas como instancia obligatoria: 1. Inaplicabilidad en los territorios provinciales; 2. No era el nombre, sí su función; 3. No es una instancia conciliatoria; 4. Exclusión de hecho del SECLO; 5. Son secretarios técnicos, no jueces; 6. La necesidad de las Comisiones Médicas; 7. ¿Sobre qué se expedirá la Comisión Médica?; 8. Es previsible un trámite lento; 9. El trámite obligatorio es fácil de eludir; 10. El rol del Poder Judicial: B. Peritos médicos judiciales; C. Incorporación de un concepto nuevo, el de "contingencia"; D. Prohibición de la celebración de pacto de cuota Litis; E. Autoseguro provincial y municipal; F. Extensión de la ILT; G. Modificación del ingreso base; H. Tasa de interés aplicable; I. Baja de asegurados morosos; J. Financiación de la SRT; K. Apelación de las resoluciones de las Comisiones Médicas:1. Apelación ante la CM Central; 2. Apelación de lo resuelto en las CM locales; 3. Apelación de lo resuelto en la CM Central; L. Todos los recursos tendrán efecto suspensivo. El escándalo: 1. Establece la cosa juzgada administrativa; V. Conclusiones
ISBN: 978-987-30-0782-8
1. INSTANCIA ADMINISTRATIVA; 2. LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO; 3. ACCIÓN CIVIL; 4. REFORMA LEGISLATIVA; 5. LEY 27.348; 6. COMISIONES MÉDICAS; 7. REPARACION DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES; 8. EMPLEADOR AUTOASEGURADO; 9. INCAPACIDAD TEMPORARIA; 10. RECURSO DE APELACIÓN (PROCESAL); 11. EFECTO SUSPENSIVO; 12. DOCTRINA; 13. ARGENTINA